Finaliza el plazo para las ayudas económicas destinadas al material escolar de niños de 3 a 5 años de Alajeró
Ilustre Ayuntamiento de Alajeró
Gabinete de Prensa
Este sábado finaliza el plazo para las ayudas económicas destinadas al material escolar de niños de 3 a 5 años de Alajeró
Pueden ser más de 40 familias de la localidad las beneficiarias de estas subvenciones que emanan de fondos propios del Ayuntamiento
El próximo sábado, finaliza el plazo para la presentación de solicitudes que dan derecho a la subvención para la adquisición de material escolar de los niños de Educación Infantil del municipio de Alajeró destinadas a los padres y madres de escolares en edades comprendidas entre los 3 y 5 años.
El alcalde de esta localidad, Manuel Ramón Plasencia Barroso, señala que “pueden ser más de 40 unidades familiares del término municipal, las que se beneficien de esta iniciativa que con fondos propios del Ayuntamiento se lleva poniendo en práctica desde hace ya varios años”.
Plasencia apunta que “además de publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife las bases y requisitos que son necesarios para acogerse a esta modalidad de ayudas, el Ayuntamiento, a través de los dos centros educativos de la localidad y con la colaboración de la dirección y los docentes, remitió a padres y madres toda la información necesaria al objeto de que los ciudadanos con derecho a las ayuda pudieran hacerlo en tiempo y forma dentro de los plazos establecidos”.
“Dentro de la modestia necesaria de nuestros presupuestos municipales –señala el Alcalde—se ha incorporado una partida de 12.000 euros que posibilita con un reparto equitativo, que todos los niños en esas edades, puedan acceder a las ayudas” y recuerda además, que “esta medida se incluye dentro de las iniciativas de apoyo social que se llevan a cabo en cada ejercicio presupuestario”.
Uno de los requisitos “indispensable” para acogerse a las subvenciones es el de “estar empadronado en Alajeró a fecha de inicio de septiembre del año en curso, acreditándose a través de un certificado de empadronamiento que será expedido de oficio por el Ayuntamiento sin que sea preciso su solicitud por el interesado”.